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Presidencia de la República de Colombia

Empresas Públicas de Armenia ESP teniendo en cuenta que actualmente nos encontramos ante la presencia del fenómeno del niño, el cual ha incidido en el comportamiento del clima y la temporada seca que se vive en la ciudad, y en Cuenca alta del río Quindio, trabaja de manera conjunta con las autoridades locales en planes contingencia responsables que propenden por el ahorro y el buen uso del agua.

Es así, que la entidad se Acoge al decreto municipal 121 de 2015 "Por medio del cual se adoptan medidas que propenden por el ahorro y buen uso del agua y prevención de incendios forestales en las temporadas secas y se dictan otras disposiciones en el Municipio de Armenia" adoptando medidas tendientes a promover el uso eficiente de la gua y se establece el desinfecto o en los casos de consumo excesivo, aplicable a todos los suscriptores residenciales en el Area urbana y rural del Municipio de Armenia.". EPA ESP trabajará de la mano con la primera autoridad del Municipio y en coordinación con la Policia nacional y sus inspecciones de policía municipal,para ejercer controles e imponer sanciones que se generen por el despilfarro y mal uso del agua.

El Decreto Municipal 121 dispone:

  • ARTÍCULO PRIMERO: prohíbase en toda jurisdicción del Municipio de Armenia Quindio, el uso de agua potable para consumo humano, en el regadío de plantaciones y cultivos tanto en las veredas, como en inmueble ubicados dentro de los perímetros urbanos de Armenia, los corregimientos y demás centros poblados; Al igual que las siguientes actividades:

1. El lavado con mangueras de vehículos automotores, sobre vías públicas o el lavado de los mismos en las orillas de las fuentes hídricas superficiales.
2. El riego de jardines zonas verdes o lavado de fachadas, andenes, vías y/o elementos utilizados en actividades comerciales como canastillas, estantes o vitrinas.
3. Incorporar o introducir a las aguas o cauces naturales cuerpos extraños tales como; Mangueras, tuberías, moto bombas y similares que alteren o puedan alterar el libre discurrir de las mismas.
4.Realizar el llenado de Piscinas o cualquier estanque artificial de fines recreativos o contacto primario.
5. Prohíba se en todo el territorio municipal las quemas abiertas en zonas rurales y urbanas.

  • ARTÍCULO SEGUNDO: exhortar a las Empresas prestadoras de Servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o Alcantarillado, para que tomen las medidas de sellamiento y/o corte de servicio, según criterio técnico de deficiencias que sean reportadas respecto al control de suministro de agua potable.
  • ARTÍCULO TERCERO: Queda totalmente prohibido realizar labores de pesca y minería en ríos y quebradas, con aplicación de sustancia tóxica ( venenos) o químicos de uso agrícola, que produzcan contaminación hidroambiental.
  • ARTÍCULO CUARTO: Imponer como sanción a quienes no acepten el contenido del presente acto administrativo, una multa de hasta diez ( 10 ) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a través de la Policia rural y urbana. Ademas las personas que infrinjan. Estas disposiciones serán reportadas ante la fiscalía local, para que se inicie la investigación penal correspondiente si a ello hubiese lugar.

Siguiendo la normatividad del anterior decreto, EPA ESP quiere hacer un llamado de atención a la comunidad de Armenia para que se sensibilicen con la protección del recurso hídrico y a su vez sigan las recomendaciones establecidas, con el firme propósito de minimizar las posibles consecuencias que puede traer esta temporada de verano.

Comunicaciones EPA ESP

ss

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Abril 25 de 2024, 12:56 pm

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