Informes de gestión.
La entidad publica, como mínimo, los siguientes informes del periodo en
vigencia y del inmediatamente anterior:
* Informe enviado al Congreso/Asamblea/Concejo, según aplique. Se
debe publicar dentro del mismo mes de enviado.
* Informe de rendición de la cuenta fiscal a la Contraloría Nacional, de
acuerdo con la periodicidad definida. Se debe publicar dentro del mismo
mes de enviado.
* Informe de rendición de cuentas a los Ciudadanos, incluyendo la
respuesta a las solicitudes realizadas por los ciudadanos, antes y durante
el ejercicio de rendición. Se debe publicar dentro del mismo mes de
realizado el evento.
Este Criterio aplica a sitios web adicionales según el contexto del propósito
del sitio web (en este caso es válido hacer el enlace al sitio web principal,
siempre y cuando sea clara la identificación de la información relativa al sitio
web adicional).